" ESTAS CUATRO PAREDES APRISIONAN MI CUERPO, PERO NO MI PENSAMIENTO"

MIGUEL ANGEL BELTRAN

lunes, 8 de marzo de 2010

CRONICA DE UN INTENTO POR ENTRAR EN JUICIO


Febrero 17 de 2010.
El desfile de asistentes en el Juzgado Cuarto Especializado fue interminable, en lluvia de abrazos a Miguel Ángel, de las personas que lo conocen en toda su integridad y que no habían tenido la oportunidad de tenerlo tan cerca, cosa inusual en estas audiencias y con lo cual los guardias de Inpec nos sorprendieron (o tal vez ellos eran los sorprendidos y no atinaron a reaccionar).
Al portafolio de sorpresas se sumó también la aparición de una nueva juez, Luisa Fernanda López Díaz y la solicitud del Sr. Fiscal Ricardo Bejarano, para aplazar el juicio en razón a que uno de sus testigos, Ronald Hyden Coy Ortiz, estaba fuera del país.
La juez le corrige, como ya se ha vuelto costumbre, diciéndole que no es un aplazamiento lo que debe solicitar sino una suspensión.
La agente del Ministerio Público, Mónica Sánchez Medina encuentra viable la solicitud de la fiscalía. A su vez, el abogado defensor afirma que es responsabilidad del Estado tener preparada su audiencia pero de todas maneras no presenta objeción.
La juez, luego de una tardanza de 2 horas da inició al juicio con el compromiso de suspender ad portas de etapa probatoria. Lo primero que procede entonces es interrogar al profesor Miguel Ángel Beltrán, quien tiene derecho a guardar silencio y a no auto-inculparse. Ante la pregunta de si acepta o no los cargos de Rebelión y Concierto para delinquir, él se declara inocente, perseguido político y secuestrado en México.
Acto seguido se expone la teoría del caso por parte del fiscal Bejarano, quien lanza esta afirmación: “Cuando el pensamiento crítico se confunda con terrorismo la sociedad tendrá que desaparecer”. Luego hace mención a los computadores de Raúl Reyes, en plural, donde según él, hay cientos de documentos que involucran a Miguel Ángel. Es curioso que audiencia tras audiencia las palabras del fiscal sean en plural. Asunto que notó el Dr. Albarracín, abogado defensor, quien más tarde, en su intervención hace esa precisión (pasaron de “un” computador incautado a “los computadores” y a “cientos” de correos). En fin, sin ahondar en mucho detalle, el fiscal habla de lo que intentará probar con cada uno de sus testigos.
Cuando llega el turno para la Defensa, se enfoca en solicitar sean decretadas pruebas sobrevinientes, pues apenas en esa semana pudo entrevistarse con quien acompañaba a su defendido en el momento de su ilegal retención en México, así como la recepción de una comunicación de la organización mexicana IAP SIN FRONTERAS. Pide entonces, sean aceptados como testigos la chica en mención, y el coronel Luis Ramírez, director de la Dijin, un experto en pensamiento crítico, así como pruebas la declaración de la abogada de SIN FRONTERAS, acerca del recurso de “Amparo” fallado a favor de Miguel Ángel por un juez de México. En ese mismo sentido, poder presentar como pruebas un video de Noticias Caracol con el logotipo de la Sijin que demuestra los seguimientos hechos en Ciudad de México por parte de autoridades colombianas. En cuanto al perito internacional, se desistirá de su testimonio en razón a que se demostrará de manera directa lo irregular de la captura.
Estas pruebas son génesis, harán más probable la teoría de la defensa y demostrarán la irrelevancia de testigos del Estado.
El fiscal plantea que no se juzga un secuestro ni lo actuado en México, de lo cual ya hubo control de legalidad. Para él no son pruebas sobrevinientes sino que han permanecido en el tiempo, el problema fue la falta de una defensa acuciosa y además que el abogado defensor es recién llegado al caso. Reitera que no se juzga el Pensamiento Crítico y que los argumentos sobre las violaciones internacionales son para otros escenarios.
La delegada del Ministerio Público, Mónica Sánchez Medina, también dice que ese no es el escenario sino que es competencia de un juez de garantías y que el perito sobre Pensamiento Crítico debería ser alguien que tuviese conocimiento de los hechos de la acusación.
Jaime Restrepo Restrepo, abogado de la Asociación de Víctimas de la Guerrilla Colombiana (léase reinsertados), con su peculiar acento dice que esos asuntos eran para la audiencia del descubrimiento de pruebas y que ese es un estado procesal agotado. Que, además, el Estado mexicano es autónomo de expulsar a quien quiera.
El Dr. David Albarracín se ofusca porque Restrepo llama al profesor Miguel Ángel Beltrán como alias “Jaime Cienfuegos” , la juez acepta tal objeción.
Estamos entonces ante la lógica amañada del Estado en este caso, pues, en instancias anteriores estas solicitudes no se aceptaron porque eran motivo de discusión para una etapa posterior, y ahora, llegados al juicio las niegan argumentando que debieron haberse discutido antes. Desfachatez total.
Continuamos. Concluida esta etapa de exposición de la teoría del caso y de solicitud de pruebas sobrevinientes la juez Luisa Fernanda López Díaz no acepta ninguna de las pruebas solicitadas argumentando que no son novedad, no es algo desconocido, ni tienen relación con los hechos investigados.
Dispuesta a proseguir con el desarrollo del juicio es interrumpida por el abogado defensor quien le recuerda que tiene derecho a recurso de Reposición y en subsidio de Apelación contra la decisión que ella acaba de proferir.
Se procede entonces a la reposición con una exposición más amplia por parte de Albarracín quien es contundente al afirmar que estas pruebas no afectan el derecho a la defensa ni la integridad del juicio. Recuerda que están juzgando un delito político, por tal es fundamental la exposición sobre Pensamiento Crítico. Y en cuanto a la captura en la cual los agentes del Estado tomaron la decisión de expulsarlo de México, sin derecho a recursos de Ley, recuerda que ellos no pueden aplicar la Ley a quien se va a juzgar ni se puede violar la dignidad humana, de acuerdo con el artículo 1º de la Constitución Nacional. Asimismo, les informa que los jueces colombianos pueden y deben discutir y regularizar asuntos internacionales, de lo contrario la Corte Penal Internacional sancionará al Estado colombiano. Por tanto, estas pruebas sobrevinientes son benéficas para el Estado.
En una segunda ronda el fiscal se reafirma en su negativa, el abogado Restrepo sin argumentos, como es típico en él, vuelve a decir que se opone a aceptarlas y la representante de la Procuraduría acepta en esta oportunidad que se llame al experto en Pensamiento Crítico.
La jornada finaliza con el rechazo del fiscal por la referencia del defensor a ellos como la bancada de la derecha. Restrepo protesta por ser llamado como la venganza del Estado. El defensor, con la sorna que da la superioridad, les aclara que “bancada de la derecha” es simplemente una alusión de ubicación espacial y “la venganza del Estado” es una teoría académica.
Ante la nueva negativa de la juez por aceptar estas pruebas se apela la decisión y entonces se corre traslado al Tribunal de Bogotá, que citará para dirimir este recurso.

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